lunes, 18 de agosto de 2014

¿Qué quiso decir Jesús a sus discípulos en Juan 20:23, acaso el hombre tiene poder de perdonar pecados?

Por: Siervo Inútil

“A quienes remitiereis los pecados, les son remitidos; y a quienes se los retuviereis, les son retenidos.” Juan 20:23

Primeramente tenemos que establecer que el único que puede perdonar pecados es Dios, si pensamos lo contrario estaríamos otorgándole a un hombre la gloria que solo le pertenece a Jesucristo de ser EL SALVADOR, puesto que si tu perdonas el pecado de alguien tu serias quien lo estaría salvando del castigo eterno por este. (La paga del pecado es muerte) esto podemos verlo en el pensamiento judío en Marcos 2:5-11
 “Al ver Jesús la fe de ellos, dijo al paralítico: Hijo, tus pecados te son perdonados. Estaban allí sentados algunos de los escribas, los cuales cavilaban en sus corazones: ¿Por qué habla éste así? Blasfemias dice. ¿Quién puede perdonar pecados, sino sólo Dios? Y conociendo luego Jesús en su espíritu que cavilaban de esta manera dentro de sí mismos, les dijo: ¿Por qué caviláis así en vuestros corazones? ¿Qué es más fácil, decir al paralítico: Tus pecados te son perdonados, o decirle: Levántate, toma tu lecho y anda? 
Pues para que sepáis que el Hijo del Hombre tiene potestad en la tierra para perdonar pecados (dijo al paralítico): A ti te digo: Levántate, toma tu lecho, y vete a tu casa.”   

El diccionario bíblico VINE deja ver esta misma postura:
1. afiemi (ἀφίημι, 863), despedir, enviar (relacionado con A, Nº 1). Se traduce con el verbo remitir en Jn 20.23, dos veces: «A quienes remitiéreis los pecados, les son remitidos». Las Escrituras dejan claro que las palabras del Señor no tenían la intención de otorgar el ejercicio de la absolución, la cual las Escrituras declaran que es la prerrogativa exclusiva de Dios. No hay ningún caso en el NT de tal acción por parte de los apóstoles. Los términos se deben entender en un sentido «declarativo»; esta afirmación tiene que ver con los efectos del ministerio de ellos, con su doble efecto de remisión o de retención. No Podían, ni nadie podía después de ellos, perdonar los pecados, como tampoco fue José quien restauró el copero a su oficio o colgó al panadero (Gn 41.13), ni como tampoco eran los profetas los que cumplían aquello «que declaraban que iba a sucederles a ellos mismos (Jer 1.10; Ez 43.3).

Pero expliquemos un poco este asunto bíblicamente. Dios otorgo a la iglesia la responsabilidad de cuidar de  la disciplina y la santidad de la casa del señor (Hebreos 3:6) lamentablemente vemos que en muchos lugares no se lleva a cabo este mandato de nuestro señor, hoy día el pecado abunda en el interior de la iglesia y contamina a aquellos que realmente han abandonado su pecado y desean conservar sus vestiduras sin mancha y arrugas.
Desde los comienzos de la iglesia, cuando está colocando los fundamentos sobre la roca, que es su propia persona santa y bendita (1 Cor 10:4) y luego va añadiendo a los creyentes cual pequeñas piedras vivas para formar el edificio espiritual (1 Pedro 2:5; Efe 2:20 así lo entendieron los apóstoles) el señor le confiere esa responsabilidad a ellos. Jesucristo mismo le dijo: “todo lo que atares en la tierra será atado en los cielos, y todo lo que desatares en la tierra será desatado en los cielos”  (Mateo 18:18) esto significa que todas las medidas disciplinarias que tome la iglesia en la tierra, obviamente en acuerdo a las escrituras y bajo la dirección del Espíritu Santo, Dios la reconocerá en los cielos. Y si la iglesia da testimonio del arrepentimiento genuino de un hermano que haya pecado y recibido disciplina de parte de la iglesia, como el caso de Corinto (1 Cor 5:1-5; 2 Cor 2:5-11) del fornicario que fue restaurado a la comunión de los santos.

Por esta causa Dios ha dejado instrucciones precisas para la aplicación de esta en la iglesia, y eso lo vemos en Mateo 18:15-17
Por tanto, si tu hermano peca contra ti, ve y repréndele estando tú y él solos; si te oyere, has ganado a tu hermano.
Más si no te oyere, toma aún contigo a uno o dos, para que en boca de dos o tres testigos conste toda palabra.
Si no los oyere a ellos, dilo a la iglesia; y si no oyere a la iglesia, tenle por gentil y publicano.
Es aquí  donde se encuentra el contexto de la cita anterior, el cual es la disciplina en la iglesia:
“De cierto os digo que todo lo que atéis en la tierra, será atado en el cielo; y todo lo que desatéis en la tierra, será desatado en el cielo.”

Para esto debe ser necesario seguir los pasos que se revelan en las escrituras; primero quien inicia la reprensión debe ser un hermano espiritual y en forma prudente, debe ser llamado aparte (Gal 6:1); segundo, si el ofensor no recapacita, será necesario volver donde él con un par de testigos; tercero, se debe comunicar a la iglesia para que los demás también teman (1 Tim 5:20); y por último, si no se ha arrepentido debe colocarse fuera de la comunión, para mantener la pureza de la iglesia. Si no se siguen estos parámetros bíblicos se habrá obrado en la carne.

Con relación a lo de REMITIR queda claro que el único mediador entre Dios y los hombres es Jesucristo hombre (1Tim 2:5) solo que esto no se les había revelado a los judíos, por esta razón se ofendieron por la declaración de cristo al perdonarle los pecados al paralitico, pero nosotros lo debemos de tener claro. Muchas veces llamamos a estos pasajes oscuros, pero son oscuros para aquel que no le ha pedido revelación a Dios. Además es claro que la escritura dice en Salmo 119: 160 que la suma de la palabra de Dios es verdad, y es realizando un estudio concienzudo de las doctrinas que enseña la biblia que hallaremos respuesta a lo que no entendemos. Es evidente que el hombre, aunque sea hijo de Dios no puede perdonar o condenar a nadie por los pecado, eso solo le pertenece como atributo a Dios, así lo enseña la biblia y tampoco por un versículo podemos formular una doctrina.


CASOS FUERTES DE DISCIPLINA EN LA BIBLIA:

Ananías y Safira (hechos 5:1-11)

Quizás alguno hasta aquí, leyó la definición del diccionario de VINE dada líneas arriba y observó que este habla del efecto del mensaje de los apóstoles, en este caso el apóstol Pedro le hace saber a Ananías que había engañado al Espíritu Santo, el cual le revelo al apóstol lo que este intentaba hacer. Las consecuencias de lo que le ocurrió no podemos otorgárselas a la apóstol, ya la escritura muestra que Pedro no declaro su muerte o su fin, sino solo su pecado; fue el Espíritu Santo quien dictó sentencia y el propósito de este hecho, como lo deja ver la cita bíblica, fue que la iglesia temiera a Dios.
Con Safira ocurrió igual, solo que esta vez el apóstol pedro conociendo la sentencia del Espíritu a este hecho le anuncio su destino que sería el mismo que a su marido.
Nosotros anunciamos salvación y condenación  a los hombres, al igual que los apóstoles, nuestro mensaje tiene ese efecto. No somos nosotros los que salvamos o condenamos, sino el Espíritu Santo por medio de nuestro mensaje, como dice 2 Cor 2:15-16 “porque para Dios somos grato olor de cristo en los que se salvan y en los que se pierden”, somos olor de salvación u olor de perdición dependiendo de quien reciba o rechace el evangelio. De esta forma comprendemos mejor esa declaración de cristo en nuestra cita principal y de donde se desprende nuestro tema. Existe mucha evidencia bíblica de que esto es así (Juan 3:18; 5:24)
Algunos hombres iban a ser salvos, pero otros no por medio de anunciar el evangelio, ese era el poder que habían recibido los apóstoles y que ahora tenemos nosotros, pero esto no significa que la potestad sea de nosotros sino de Dios (hechos 2:47) somos el instrumento, no la mano.


Simón el mago (brujo o hechicero) (hechos 8:9-24)

En el caso de este hombre, queda claro que su conversión no había sido de forma genuina, pues su intención queda en evidencia al querer comprar el don de Dios con el fin de volver a tener la autoridad y respecto que tenia de la gente cuando su actividad era la magia o hechicería, por esta causa el apóstol pedro le dice, de parte del Espíritu Santo, lo que le vendría sino se arrepentía de su pecado (“tu dinero perezca contigo” “no tienes arte ni parte en esto”) y le dijo que le rogara a Dios, él pudo ver lo que había en su corazón y el mago temió lo que podía ocurrirle y pidió a pedro que orara para que no le sobreviniera la disciplina de Dios. Es indiscutible que pedro dijo: “RUEGA A DIOS” él no lo condeno o lo absolvió sino que dejo todo en manos del señor, “por si quizás” Él le concedía el perdón.



Por ultimo podemos mencionar que los hombres usados por Dios durante la historia de la iglesia, en sus comentarios sobre este pasaje enseñan esta misma verdad; ninguno de ellos enseño que este pasaje de Juan 20:23 permita que en el lecho de muerte la oración de la iglesia tenía el poder para remitir los pecados de alguien, nuestra oración solo podrá clamar a nuestro señor por misericordia y clemencia, pero la soberanía de Dios dispone del destino eterno del pecador. También hay que decir que las escrituras enseñan que solo por la predicción del evangelio hay poder para salvación, una persona que nunca escucho el mensaje de salvación, o que lo haya aceptado en vida o con conciencia, podrá salvarse estando inconsciente en un hospital o en su lecho de muerte. Dios es soberano, pero él no viola sus propios preceptos y decretos eternos (1 Cor 1:21) es nuestro deseo, y con compasión genuina que alguien en esa condición pudiera ser salvo, pero una cosa son nuestros deseos; Dios también tiene sus deseos (1 Tim 2:4) el desea que todos los hombres sean salvos, pero otra cosa es la realidad (no todos se salvaran) y la voluntad eterna de Dios (expiación limitada).

Concluimos, pues, que este pasaje enseña primeramente sobre lo que implica predicar el evangelio y también sobre la responsabilidad que tiene la iglesia para ejecutar la disciplina bíblica dentro ella y NO sobre la facultad que tiene el hombre para otorgar salvación a alguien, ya sea por medio de oración individual o conjunta. Podemos orar para que alguien sea salvo, pero si no le predicamos el evangelio para que crea, esa oración será infructuosa. Y si sostenemos lo contrario estaríamos en la misma posición doctrinal del catolicismo romano, a quien se le otorga al sacerdote perdonar y/o condenar al pecador.




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